A medida que surgen nuevas tecnologías, también surgen nuevas necesidades de coberturas. Una de ellas es el caso de los seguros para vehículos autónomos, como los drones.
La normativa que regula este tipo de seguros era algo que todavía reclamaba algunos ajustes. Ahora la Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó con carácter general y de aplicación uniforme las condiciones contractuales del “Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT) y Sistemas De Vehículos No Tripulados (SVANT)”.
Llegan para reemplazar a las que estaban vigentes hasta ahora, denominadas condiciones contractuales únicas del “Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículos Aéreos Piloteados a Distancia”. Databan del año 2016 y habían sido establecidas por la resolución SSN 40.250.
Por su parte, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó en diciembre de 2019 el texto definitivo del “Reglamento de Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT) y de Sistemas de Vehículos Aéreos No Tripulados (SVANT)”. Y su puesta en marcha se había fijado para el 31 de diciembre de 2020.
Esas últimas modificaciones fueron las que obligaron a la SSN a adecuar las pautas para los seguros de responsabilidad civil para drones. Allí se especifica que “quienes operen drones de más de 5 kg de MCTW con fines recreativos, drones para actividad comercial genérica y drones para uso científico deberán contratar un seguro de responsabilidad por los daños que pudieran ocasionar”.
Entrará en vigencia a partir del 1 de junio de 2021.

