Las empresas aéreas deben contratar sus seguros en el mercado local
La Corte Suprema ratificó a finales de octubre una sentencia que declara la nulidad de dos decretos de necesidad y urgencia que excluían a las empresas de aeronavegación comerciales de la obligación de asegurar sus riesgos con aseguradoras nacionales. Ejecutivos del mercado analizan las implicancias de esta decisión. A finales de octubre pasado, la Corte […]

1 Feb, 2016

Juan Cerrutti - Foto04

La Corte Suprema ratificó a finales de octubre una sentencia que declara la nulidad de dos decretos de necesidad y urgencia que excluían a las empresas de aeronavegación comerciales de la obligación de asegurar sus riesgos con aseguradoras nacionales. Ejecutivos del mercado analizan las implicancias de esta decisión.


A finales de octubre pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó una sentencia de la cámara que declaraba inconstitucionales los decretos 1654/2002 y 1012/2006, mediante los cuales las empresas de transporte aerocomercial quedaban excluidas de asegurar sus riesgos en compañías de seguros nacionales según lo establecido por la ley 12.988. De este modo se puso fin, trece años después, a una causa que se inicio el 27 de septiembre del 2002.

La nulidad de estos decretos había sido promovida por un conjunto de compañías de seguros y la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS), mediante una demanda contra el Estado Nacional, argumentando entre otras cosas, que “la norma impugnada permite que las empresas de transporte aerocomercial nacionales puedan asegurar los riesgos de jurisdicción nacional en compañías aseguradoras del exterior, que no están sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, sin observar el régimen establecido por la ley 20.091 y violando los artículos 2° y 3° de la ley 12.988 en cuanto prohíbe asegurar en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional”. Además, los demandantes sostuvieron la asimetría, en cuanto a que las aseguradoras internacionales quedaban así exentas de las cargas tributarias que se exigen a las aseguradoras que operan localmente.

Como señaló la AACS a través de un comunicado, “todo este proceso, que culmina con una decisión judicial contundente, no hace otra cosa que ratificar dos criterios: el reconocimiento de la legitimación procesal de nuestra asociación, en orden a demandar judicialmente cuestiones que hacen a su objeto institucional; y la plena vigencia de los principios establecidos en la Ley 12.988, en punto a la “reserva de mercado”, que “constituye uno de los basamentos de la consolidación y el desarrollo de nuestro mercado”.

De acuerdo a la entidad, “por ratificación de la máxima instancia judicial de nuestro país, la Ley 12.988 -garante de que los fondos aportados por la comunidad a través de las primas de seguros retroalimentan la economía argentina- se halla plenamente vigente y ha posibilitado la existencia de un mercado con plena capacidad aseguradora en cualquier ámbito y volumen, con solvencia ampliamente demostrada”.

“Punto final a una larga polémica, cuya compleja y ardua tramitación no logró interferir en el permanente accionar de las entidades aseguradoras, cumpliendo día a día las obligaciones contraídas con los millones de asegurados y terceros que son, en definitiva, la principal justificación de nuestra existencia”, agregó el comunicado.

Carlos Bernardi, gerente de Grandes Riesgos de Sancor Seguros, coincidió con la cámara empresaria en que este nuevo giro en la regulación del mercado de aeronavegación es positivo porque básicamente pone en plena vigencia lo establecido por la ley 12.988.

“Desde el punto de vista social, esto es bueno porque si los seguros son contratados acá se pagan una serie de impuestos que luego son utilizados por el Estado con fines sociales y, desde el punto de vista económico, es una decisión muy buena para el mercado ya que ayuda al crecimiento de la industria en este ramo. Este fallo debería tomarse también para el ramo de embarcaciones y en especial para las pólizas de Protección e Indemnización (P&I), que hoy se están comprando en clubes del exterior porque no había oferta”, enfatizó.

Por su parte, Juan Manuel Contrera, subgerente técnico de La Holando, opinó que el fallo no produce ningún cambio significativo en cuanto a la prima técnica, que tiene el mismo valor en la región como en el resto del mundo, donde puede haber una variación del 10%. “La diferencia no estaba dada por la prima, sino por la carga impositiva que tiene la póliza aeronáutica en nuestro país. En Chile, por ejemplo, la póliza aeronáutica no paga IVA. Aquí sí lo pagamos, más el 24% de Ingresos Brutos, más el sellado de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Además, son pólizas que no estaban protegidas por un marco regulatorio y la ley de la jurisdicción nacional. En ese sentido, esto es bueno”.

Los ejecutivos desestimaron la posibilidad de que a partir de ahora se vuelquen al mercado nuevos negocios que estaban en el extranjero. Según informaron, las grandes aerolíneas tienen sus riesgos asegurados en el país y no hay indicadores de que pudiera aumentar la producción a partir de esta resolución.

“De todos modos, de generarse un incremento del negocio a partir de este cambio, el mercado tiene capacidad en exceso para absorberlo. Las aerolíneas se pueden asegurar en el mercado local sin inconvenientes, a través de aseguradoras nacionales, reaseguradores locales y, eventualmente, alguna retrocesión de reaseguro internacional también”, dijo Bernardi.

Una puerta de acceso a otros negocios

Los entrevistados coincidieron en que este negocio es una puerta de acceso para ofrecer otros productos, además del aseguramiento de las naves.

“El hecho de trabajar el ramo de aéreo nos abre la puerta a lo corporativo, a otro tipo de seguros. Se trata de un cliente especial”, puntualizó Contrera.

Por su parte, Bernardi indicó que “si miramos nuestra cartera de seguros de aeronavegación no es tan representativa en volumen. Sin embargo, lo que vemos es que aquel que es dueño de una aeronave es también poseedor de muchos bienes. Es propietario de una empresa o puede tener una flota de automotores y, por lo tanto, este negocio es un camino para la colocación de otro tipo de seguros. Por eso, manejamos a ese cliente de manera integral, un cliente 360, para captar una mayor cantidad de seguros”.

La Holando ofrece coberturas de todo riesgo para casco, responsabilidad civil (RC) para pasajeros y no transportados y accidentes personales para los tripulantes. Actualmente, tiene la póliza “Ariel”, que es un seguro de RC para hangar y aeropuertos. “A la vez, buscamos acercarnos mucho al piloto con una cobertura por pérdida de licencia. Si bien no hay una cultura muy desarrollada en el país con este tipo de seguro es muy importante porque el piloto que se lesiona o tiene un accidente no puede trabajar. Esta cobertura le garantiza una cantidad de meses con sueldo y también sirve para el empleador”, explicó Contrera.

En esta empresa, además, están trabajando en una póliza para drones, un artefacto que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) empezó a regular hace algunos meses, a partir de considerarla como una aeronave aunque no esté tripulada.

Por su parte, Sancor ofrece seguros de RC para terceros en superficie y para pasajeros, accidentes personales para pasajeros y tripulantes, coberturas de todo riesgo para casco, daños totales y de repuestos y, al igual que su competidora, seguros para pilotos que estén temporalmente imposibilitados para volar por algún accidente.

En ambas compañías tienen alianzas con reaseguradores y brokers internacionales para este negocio. “Tenemos una alianza con un broker de reaseguros de Londres, donde tenemos una capacidad de aviación general automática, y una sociedad estratégica con un reasegurador nacional. Nuestros contratos nos permiten tomar los riesgos no comerciales al 100% del contrato. No hay tanto parque que exceda esos montos y si se excede, podemos pedir aceptaciones especiales. Es raro encontrar aviones grandes en coaseguro”, puntualizó Contrera.

A su turno, Bernardi agregó que “tenemos algunas alianzas con reaseguradores internacionales, donde tenemos retrocesiones a través de nuestros reaseguradores locales. Con ellos, tenemos una alianza estratégica, nos capacitamos y mantenemos una fidelidad en los negocios”.

Un panorama alentador

Atentos a las nuevas medidas económicas que está tomando el gobierno electo recientemente, los ejecutivos consultados vislumbran un panorama alentador para el ramo de seguros de aeronavegación.

Contrera opinó que el levantamiento del cepo favorecerá al sector porque podrán comenzar a importarse aeronaves y repuestos. “Las condiciones que imperaban en el pasado complicaban la posibilidad de salvaguardar los valores reales para el cliente, porque ellos exigían un valor de dólar que no figuraba en los libros pero sí en la calle. Hubo que ser bastante ingeniosos para seguir creciendo. Creo que estos cambios permitirán traer más aviones y eso va a repercutir en el mercado. Por nuestra parte, estamos preparados para crecer”.

De cara al futuro, los entrevistados destacan la necesidad de mejorar los sistemas de radarización y el control de las aeronaves que circulan en todo el territorio.

“Mejorar los sistemas de radarización permitiría detectar y tener un mayor control de aquellos aviones que vuelan de forma anónima y podrían generar algún peligro para otras aeronaves que circulan de manera regular. Es necesario tener un mayor control del espacio aéreo, en especial en las zonas críticas de nuestro país, como en la frontera norte, donde pueden ingresar aeronaves sin control”, remarcó Bernardi.

En consonancia con su colega, Contrera agregó que “si bien a nivel regional estamos avanzados, todavía quedan muchas cosas por hacer en las áreas de control de rutas y capacitación”.

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