Los bancos acusan a Mercado Pago de prácticas monopólicas
ADEBA emitió un comunicado para reclamarle al Banco Central que intervenga para resolver la cuestión.

4 Abr, 2023

En forma elíptica, la Asociación de Bancos de la Argentina (ADEBA) acusó a Mercado Pago, aunque sin nombrarla, por no abrir el medio de pago QR a todos los proveedores del país.

Desde la entidad apuntaron que con esta práctica se hace uso de una “posición dominante” —Mercado Pago tiene el 70% del segmento de medios de pago— a partir de un “agujero” en las regulaciones del Banco Central.

En un informe técnico, ADEBA explica que los lectores que son provistos por Mercado Pago solo aceptan pagos QR que se realicen con su billetera digital. Y que no admite otros medios de pago, como tarjetas de crédito y débito.

Por eso, el informe de ADEBA reclama la interoperabilidad total y le pide al Banco Central que intervenga.

Los principales puntos de ADEBA

En relación a la falta de interoperabilidad de los QR, Javier Bolzico presidente de ADEBA expresó: “El BCRA debería establecer la interoperabilidad full de los códigos QR a fin de promover la competencia y fomentar el uso de dinero digital. Eso favorecía a los usuarios de pagos digitales y a los comercios. “Parcelar” el sistema de pagos según quien sea el adquirente que provee el QR no es compatible con un ecosistema de pagos integrado y eficiente. Es necesario tener un sistema de pagos con QR sea abierto y competitivo.

Los principales puntos en conflicto que menciona ADEBA son:

  • En Argentina cuando un consumidor usa una tarjeta de débito o crédito en un comercio puede pagar la compra sin preocuparse por quien le proveyó al comercio el “aparatito” (el POS) que lee la tarjeta. Todas las tarjetas pueden ser utilizadas en todos los comercios adheridos. Eso es lo que se denomina interoperabilidad full.
  • Este esquema abierto e interoperable fomenta la competencia y potencia el ecosistema de pagos. La situación es totalmente diferente cuando los pagos, en lugar de hacerse con tarjeta, se inician a través de un código QR. El consumidor sólo podrá pagar con tarjetas de crédito o débito en la medida en que sea cliente de la billetera o institución que provee el QR. Si no es usuario de esa billetera, solo podrá pagar con transferencia o efectivo. Los QR no son interoperables.
  • Lo que esto genera es que un comercio (que para aceptar tarjetas físicas tiene un proveedor que le permite satisfacer sus necesidades) que quiere cobrar con los QR se vea en la obligación de contratar tantos servicios como billeteras tengan sus clientes, lo que le genera mayores costos para el comercio (que traslada a precio) y complejidad para la operación, tanto para el comercio como para el cliente.
  • ¿Por qué se da esta restricción a la libertad de elección del consumidor cuando se paga con código QR? Porque algunos proveedores de QR, aprovechando su posición dominante en ese mercado, “cierran” sus sistemas para los consumidores que no sean sus clientes. Esa es una actitud anticompetitiva que (sorprendentemente y solo para el segmento del QR) tolera la normativa del BCRA.
  • Esta situación es más grave si se tiene en cuenta que existe una alta concentración en cuanto a empresas que proveen los QR a los comercios (adquirentes). Si bien no hay datos oficiales, se estima que el mayor proveedor de QR concentra el 70% del total. Con ese poder de mercado, y aprovechando una carencia de la regulación, impone las condiciones sobre los tenedores de tarjetas de crédito y débito: para operar con el código QR de un comercio primero deben hacerse clientes de su billetera.
  • Otra pregunta relevante es: cómo llegó el principal proveedor de QR a tener tal participación del mercado que hoy le da un poder cuasimonopólico en el segmento.
  • Hacia el 2016 ya había un consenso internacional de cuál era el enfoque regulatorio correcto para las fintech y bigtech que se podría resumir en: “a igual servicio igual regulación, sin importar quién es el proveedor”. Por esa época, el BCRA impulsó varios cambios positivos para la modernización y mayor eficiencia de los medios de pagos: se crearon las CVU para las billeteras digitales y se las hizo interoperables con las CBU, se les permitió a los bancos abrir cuentas no presenciales (onboarding digital), se creó el e-cheq entre otras innovaciones positivas. Sin embargo, no tomó el recaudo de mantener condiciones de competencia en igualdad de condiciones en el ecosistema de medios de pago.
  • Los funcionarios del BCRA explicaron este enfoque como la “teoría de los tomates”, dejar que las startups crezcan y luego, si fuera necesario, se las regularía. Sin embargo, el BCRA dio a bigtechs el tratamiento de una startup. La consecuencia fue la ostentación y el ejercicio del poder cuasimonopólico que se observa actualmente en el mercado de QR. Este resultado era el esperado, es lo que predice la literatura frente a regulaciones que generan asimetrías, como las promovidas por el BCRA.
  • Si bien la normativa del BCRA inexplicablemente no exige que los QR sean full interoperables con las tarjetas de crédito y débito, sí exigen que sean interoperables en relación a los saldos en cuenta. Es decir, que es obligatorio para cualquier proveedor de QR que pueda ser leído por cualquier billetera para pagar con el dinero depositado en las cuentas bancarias o de PSP. Sin embargo, en la práctica dicha norma no se cumple para un gran número de casos.
  • Los datos preliminares de una auditoria privada, muestran que casi el 40% de los QR no son interoperables, es decir que no se pueden leer con otras billeteras o apps que no sea la del proveedor del QR. Esto es una clara violación al marco regulatorio del BCRA.
  • Esto permitiría que los consumidores elijan con que tarjeta pagar en cualquier comercio que tenga QR, sin estar obligados a ser socios de una determinada billetera. Sería un gran impulso a la competencia y desarrollo del mercado de pagos y un avance en la lucha contra el uso del dinero en efectivo.
  • También es posible que a la Secretaría de Comercio le quepa un rol en esta cuestión, teniendo en cuenta que está bajo su órbita la protección del consumidor y defensa de la competencia.

 

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