Nuevas pólizas de seguros para las casas rodantes
Para poder asegurar casas rodantes y tráilers hay que cumplir los nuevos requisitos exigidos para su circulación. Abarcan modificaciones en el ancho total del vehículo, el peso y el patentamiento.
Casa rodante

26 Sep, 2022

La Superintendencia de Seguros de la Nación fijó nuevos parámetros para las casas rodantes, lo que, a su vez, le permite al mercado de seguros habilitar mayores coberturas con pólizas específicas para este tipo de vehículos.

Luego de mantener reuniones con los representantes del sector, el Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte de la Nación, oficializó la normativa. Desde el 1º de agosto ya no pueden circular sin patente emitida por la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA).

“Con esta nueva normativa, los tráilers y casas rodantes pueden ser remolcados por cualquier vehículo, lo que facilita su circulación”, explicó Viviana Roldán, gerente técnico comercial de DDN Central de Seguros.

Nueva normativa

Desde agosto, para patentar casas rodantes y tráilers categoría O1, la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor requiere un certificado de seguridad vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), para lo que se necesita un informe técnico confeccionado y firmado por un ingeniero matriculado.

Casa rodante

En el caso de los tráilers y casas rodantes categorías O2 y O3, el informe técnico (CSV) deberá ser realizado por los talleres de jurisdicción nacional distribuidos en todo el territorio nacional, correspondientes al registro de éstos bajo Disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Transporte Automotor del Ministerio de Transporte.

Más coberturas

“En caso de siniestro, el vehículo que tracciona el tráiler es siempre responsable, debido a que este último no se mueve por sus propios medios. En esos casos hay que realizar la denuncia ante la compañía de seguros del tráiler y del vehículo que tracciona. Funciona como los camiones con acoplados. Al momento de la liquidación, el que tracciona se hace cargo del 80%, y el seguro del tráiler, del 20% de los daños ocasionados. El ideal es que ambos vehículos estén asegurados en la misma compañía, para facilitar los trámites de gestión”, concluyó Fabián Rissola, gerente de Siniestros de DDN Central de Seguros.

“Remolcar otro vehículo es una gran responsabilidad en la vía pública, por el propio conductor y ante terceros. No hay que llegar a altas velocidades y se debe tener mucho cuidado en las maniobras de doblado, cambio de carril, entre otras cosas. Se recomienda no realizar movimientos bruscos y siempre anticiparlos al resto de los conductores a través de señas con las luces”, comentó Roldán.

Ricardo Komisarski, miembro de traileros autoconvocados, contó en el portal Misiones Online que los usuarios, en general, están a favor de esta medida. Y destacó los alcances de esta nueva reglamentación: «Lo que se logró es que a partir de ahora podamos prestar el tráiler legalmente. Lo puede usar otra persona, pero como es un vehículo, debe viajar asegurado. Sin embargo, no queda claro qué compañía de seguros se hará cargo de los daños, la del dueño del tráiler o la de quien está llevando lo prestado. No fue aclarado eso”.

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