El seguro ambiental es la garantía financiera que se le exige a toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente y los ecosistemas. La cobertura busca garantizar la disponibilidad de fondos necesarios para recomponer el daño ambiental. Sin embargo, a pesar de ser obligatorio no termina de despegar.
Durante 2023 se emitieron 7.550.392.936 pesos en primas netas de anulaciones (PNA) de cauciones ambientales, de acuerdo a las estadísticas de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). El último trimestre del año, con 2.867.934.057 pesos PNA, representó una variación interanual real del 9,94 %. Pese a ser uno de los pocos segmentos con variación positiva, su penetración apenas supera el 6 % de las cauciones.
“Se trata de coberturas muy específicas y resulta complicado comparar porque no es mucha la información disponible en general, ni desde el ámbito local ni del exterior. Pero es posible pensar que en geografías donde la cuestión ambiental tenga mayor peso relativo, seguramente por detrás haya mayores incentivos para desarrollar o contar con ecosistemas que acompañen no sólo la prevención sino también la reparación de los daños que pudieran ocasionarse”, advirtió Fernando Weinstabl, socio responsable de Servicios Actuariales de la consultora KPMG.
“La adopción por parte de cada empresa es muy reticente, dado que se suma a varios otros requisitos e impuestos.” Emiliano Santos, ESG Sales Executive Argentina, de Marsh.
“Es una alternativa que ampara a la empresa ante un evento fortuito, asimismo la adopción por parte de cada empresa es muy reticente, dado que se suma a varios otros requisitos e impuestos. El artículo 22 de la Ley N.° 26.725 establece la contratación de un seguro de incidencia colectiva o remediación en caso de contaminación ambiental. La unidad de evaluación de riesgo ambiental es el organismo controlador de la norma y quien debe exigir la contratación de la póliza que actualmente es obligatoria”, apuntó Emiliano Santos, ESG Sales Executive Argentina, de Marsh.
“En la actualidad, sólo se encuentra regulado el seguro de caución, conocido en el ambiente como SAO (seguro ambiental obligatorio)”, explicó Carlos Bernardi, gerente comercial de Grandes Riesgos de Sancor Seguros. La compañía es una de las nueve autorizadas por la SSN a ofrecer seguros ambientales.
Una cuestión de madurez
“Nuestro país es pionero en la región en materia de seguros ambientales, con lo cual estamos un paso adelante en ese sentido. Brasil, Chile y Uruguay tienen exigencias similares a las nuestras en cuanto a la exigibilidad de la póliza”, destacó Santos.
El momento es propicio para su expansión. “La normativa medioambiental se ha complejizado en todo el mundo, a la par del aumento de las operaciones que involucran riesgos en este ámbito. Asimismo, acompaña la normativa de empresas con criterios ESG, obligadas por sus propias políticas internas a llevar a cabo operaciones verdes, sustentables y conscientes de su entorno”, agregó el ejecutivo.
Weinstabl coincide: “La tendencia y foco en los riesgos ESG (por su sigla en inglés: ambientales, sociales y gobernanza) ayuda y promueve la gestión y mirada en estos factores y el seguro, desde su lugar, ofrece una alternativa de protección”. Pese a esto, la cantidad de pólizas ambientales no parece acompañar la tendencia.
Más controles
“El seguro ambiental obligatorio es una herramienta importante con la que cuentan tanto el Estado para mantener el ambiente sano, como las empresas para poder hacer frente a sus obligaciones en tiempo y forma, frente a cualquier evento que ponga en riesgo el ambiente”, destacó Bernardi.
Las compañías se encuentran obligadas a cumplir con la exigencia del artículo 22 de la Ley General del Ambiente. “Si las empresas no contratan los seguros ambientales, existe la posibilidad de que se le endilgue responsabilidad legal a los directores y gerentes, por actuar con culpa (artículos 59, 274 y concordantes de la Ley de Sociedades). En tal sentido, un mayor control por parte del ente gubernamental ayudará a que cada empresa tenga su póliza ambiental”, apuntó Santos.
“La Ley General del Ambiente es una ley de presupuestos mínimos que debe ser acatada en forma obligatoria por todas las provincias. La mayor falencia que observamos es la falta de fiscalización de los organismos de control, ya que la potestad de los recursos naturales recae sobre las autoridades provinciales”, coincidió Bernardi.
El ejecutivo de Sancor Seguros reclamó más controles, pero también más precisiones: “Lo ideal sería trabajar en conjunto con el Estado nacional y las aseguradoras que operamos con los seguros ambientales, sobre leyes provinciales que atiendan la realidad de cada jurisdicción y concientizar a toda la comunidad sobre la importancia de preservar el ambiente”.
Hoy hay nueve compañías habilitadas a comercial SAO: Sancor Seguros, Testimonio, Alba Caución, Boston Compañía Argentina de Seguros, El Surco, Nación Seguros, TPC Compañía Argentina de Seguros, Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales y Provincia Seguros S. A.