Un nuevo intento para frenar los juicios
La obligatoriedad del reclamo administrativo frente a las comisiones médicas y la actualización de las indemnizaciones forman parte del paquete que el sector espera que impacte en una caída de la litigiosidad. Hay expectativas de que ello repercuta en un mediano plazo sobre los costos del seguro. Con la aprobación parlamentaria de la nueva Ley […]

20 Mar, 2017

La obligatoriedad del reclamo administrativo frente a las comisiones médicas y la actualización de las indemnizaciones forman parte del paquete que el sector espera que impacte en una caída de la litigiosidad. Hay expectativas de que ello repercuta en un mediano plazo sobre los costos del seguro.

Con la aprobación parlamentaria de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo, se prevé fortalecer la instancia administrativa que evite la alta judicialidad a la hora de los accidentes laborales, lo que el sector llama la “gran paradoja” del sistema de las ART: presenta un índice de siniestralidad en descenso y uno de judicialidad en ascenso, lo que en definitiva encarece el costo de la prima que deben afrontar las empresas, contribuyendo a los problemas de competitividad de la economía argentina.

Desde el sector hay mucho optimismo con la nueva normativa, con expectativas de que finalmente se logre avanzar en la reducción de la alta litigiosidad.

El gerente general de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Guillermo Arancibia, señaló a NBS Bancos y Seguros que la nueva ley surge del hecho de que “todos los trámites por incapacidad después del infortunio, que antes comenzaban en la instancia administrativa, comenzaron a ir directamente a los fueros laborales. El grueso de todas las reparaciones se da por fuera del sistema y sólo el 30% recurre a la comisión médica. El espíritu de la ley es un ordenamiento jurídico para que tenga instancia previa administrativa obligatoria, que dé respuesta en un plazo de 60 días, con el fin de que tenga un resultado favorable. No se le impide al trabajador que presente un recurso, sino que debe atravesar esta instancia”.

Arancibia destacó que “el trabajador no necesariamente gana con los largos tiempos de los fueros laborales. Además, los distintos instrumentos para la evaluación de daños de las personas provocan inequidades jurisdiccionales, ya sea porque las provincias o, incluso, diferentes salas de una misma jurisdicción, aplican diferentes baremos. No se garantiza así la misma reparación para el mismo siniestro, al no tener una solución dentro del mismo sistema”.

El funcionario agregó que “los accidentes disminuyen en términos de la incidencia de la siniestralidad, aumenta la cobertura, el índice de fallecidos es el que más ha disminuido desde inicio del sistema hasta la fecha y todo esto convive con un índice de juicios que está aumentando a tasas de 15% por año. Esto no está estrictamente vinculado a la cantidad de accidentes, sino a la gravedad. Todos estos juicios están dando incapacidad a las personas en tanto que a partir de un 66% se paga la prestación por incapacidad permanente. Nadie pone en discusión que hubo accidente, sino la secuela permanente, tema que en muchos casos es tratado con abuso”.

Roy Humphreys, gerente general de Experta ART, remarcó que “la ley es positiva. Si la implementación es buena, reducirá el grave problema de la alta judicialidad que afecta a todo el sistema. Como toda ley, es un marco general que ofrece las garantías y responsabilidades generales para el funcionamiento de todo el sistema. Pero, en definitiva, será el compromiso, la profesionalidad y la responsabilidad de todas las partes involucradas lo que defina su éxito. Me refiero tanto a los sindicatos como las empresas, jueces y entes regulatorios. La ley no resuelve todo, pero es un buen punto de partida. Siempre hay elementos para mejorar, pero una ley es un marco general que debe hacerse con el mayor consenso posible. Este proyecto ha conseguido que trabajadores, empresas, aseguradoras y gobierno encontremos un amplio acuerdo y, por lo tanto, es muy buena”.

Por su parte, Juan Carlos Mosquera, gerente de La Segunda ART, dijo que “después de tantas idas y vueltas necesariamente tenemos que ser optimistas con que este cambio legislativo será para mejor y es una de las herramientas que el sistema necesita para reducir los índices de judicialidad que lo están castigando. Sobre la marcha se irá viendo, pero no podemos perder el optimismo. Necesitamos imperiosamente reducir los juicios y éste es un buen paso, porque se está fortaleciendo todo lo que es el sistema administrativo previo. Se le da otra potencia a los dictámenes de la comisión médica, tratando de que el médico defina y cuantifique el daño sufrido por los trabajadores”.

De todos modos, el ejecutivo advirtió que, “para que esto fluya, es necesario que estas comisiones sean suficientes, que se encuentren equipadas como corresponde y funcionen profesionalmente para responder a la demanda. Debe ser un procedimiento ágil y sencillo para los trabajadores, porque, al caer en un litigio, se dilata el pago y se encarecen los costos, que se trasladan a los empleadores. El trabajador sigue teniendo la opción judicial en un principio, pero lo que está obligado es a recorrer el camino institucional administrativo. Por eso, será importante el respaldo de la ley desde la propia justicia. Ya se vivió en un momento en que las comisiones médicas fueron declaradas inconstitucionales y perdieron así fuerza”.

En este punto, Humphreys señaló que “la tarea de las comisiones médicas será clave y un rol activo de las ART también. La vía administrativa debe ofrecer todas las garantías para que el trabajador se sienta cubierto y acompañado cuando sufre un accidente. Si la ART toma la iniciativa y acompaña al trabajador con prevención y, llegado el caso, con buena atención en su recuperación, entonces la judicialización va a bajar significativamente. Dependerá de cómo trabajemos”.

El ejecutivo resaltó que “algo importante es que en el antiguo régimen los peritos cobraban un porcentaje del monto indemnizatorio, un sinsentido porque invitaba a los peritos a elevar los montos, ya que se estaban aumentando sus propios honorarios. Por suerte, ése es uno de los cambios importantes dado que los peritos recibirán un importe fijo por la tarea realizada, independientemente del monto de la indemnización del trabajador”.

Como señaló Arancibia, la ley también contempla otros aspectos: “Uno de ellos es la creación del Autoseguro Público Provincial para que las provincias y municipios puedan autoasegurar a sus empleados. En tanto que, en la actualidad, hay nueve provincias que se encuentran fuera del sistema, lo que alcanza a aproximadamente un millón de trabajadores. Otro punto se centra en la mejora de la cobertura frente al infortunio del trabajador, tanto por el alargamiento en el tiempo de la incapacidad laboral temporaria (ILT), como por la adecuación del algoritmo que reconoce la tasa de interés activa y la actualización por el RIPTE (remuneraciones imponibles promedio de los trabajadores estables), de modo de superar los conflictos que presentan los períodos inflacionarios”.

Para Mosquera, “las nuevas variables que introduce la ley son un paso adelante, son superadoras. Se actualiza el pago, se prolonga el período de ILT hasta 2 años, se introduce un mecanismo automático de actualización de salarios, se reconoce intereses y se penaliza fuerte al empleador con trabajadores en negro, un caso en el que se exime al trabajador de recorrer esta vía administrativa. Habrá que ver en la práctica el apoyo y respaldo del ámbito judicial”.

“Actualmente son más de 350 mil las causas activas, lo que significa que el sistema tiene un pasivo contingente cercano a los 5 mil millones de dólares. En 2016 hubo 120 mil nuevos juicios. De esta cantidad aproximada que surge cada año, 70 mil suelen terminar en arreglos extrajudiciales, 8 mil directamente con acuerdo y el resto, que es la mayor parte, sigue curso judicial. Esto es lo que queremos evitar. Nos interesa que las reglas estén claras, teniendo en cuenta que no necesariamente el pago que resulta del fuero laboral es mayor para el trabajador. En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, el valor descontado por los plazos de lo que se paga en los fueros termina siendo, incluso, menor al pago del sistema. Varios fueros, al ser provinciales, rechazan el baremo federal de la comisión médica. La justicia se maneja allí con los peritos y existe una multiplicidad de tablados para la valuación, como por ejemplo el baremo de Rubinstein, que es un compendio de los valores más altos de los distintos baremos para las patologías. El objetivo principal es un reordenamiento de toda esta situación que garantice la misma reparación en cualquier provincia, de manera automática y puesta a su disposición”, enfatizó el gerente general de la SRT.

Respecto a este último punto, Mosquera añadió que “ése es el gran consenso que debemos lograr. Medir con la misma vara. Si no, el sistema está complicado. Hay que echarlo a rodar para ver cómo funciona”.

Menos juicios y costos laborales más bajos

Tanto desde el Gobierno como desde las empresas esperan que la nueva norma permita lograr una reducción de los juicios contra el sistema y, como consecuencia de esto, más en el mediano plazo, una baja en el costo de los seguros contra accidentes laborales para las empresas.

Arancibia considera que “habrá una caída de los juicios en todas las provincias, para lo que estimamos un piso del 40% de disminución. Nos basamos en las diferencias actuales, donde un 27% de los que hacen juicios van por un mayor aumento de la prestación (la justicia aplicaba una tasa de interés que aquí no estaba contemplada), el 11% es rechazado por inconsistencias y el resto, por las diferencias en la utilización del baremo, donde consideramos que un 45% de los casos, al no presentar diferencias y tener homologado el cálculo de la prestación de un lado y otro, se puede resolver administrativamente”.

En cuanto al impacto que la reforma va a tener sobre los costos del seguro, Arancibia dijo que, “con la mejora de las prestaciones, en lo inmediato tendrá un impacto de aumento de los costos, pero claramente en un mediano plazo consideramos que va a descomprimir bastante, porque la alícuota dejó de estar conformada por el riesgo de la empresa para ser más bien sopesada por el del juicio. Ese componente de litigiosidad tiene que ir descomprimiendo la prima. Lo que se reduzca por la disminución de juicios también se paga ahora por dentro del sistema, porque parte de ese ahorro se toma en cuenta para la actualización del salario y la aplicación de la tasa de interés. Es decir que en el corto plazo no esperamos grandes movimientos, pero sí creemos que el costo tiene que empezar a bajar y eliminar este componente que actúa en muchos casos como una inflación inercial cada vez que se renuevan las alícuotas. Esto es más que nada lo que queremos frenar, esa inercia de las expectativas de litigiosidad que venían en espiral”.

En la misma línea, Mosquera sostuvo que “es un camino largo que tenemos que recorrer para que puedan empezar a plasmarse los resultados de la reforma del sistema. En una primera etapa no veo una reducción de costos. La actualización en los cálculos, la extensión del período de transitoriedad, todo eso son más costos para el sistema. Pero si la litigiosidad empieza a descender, ahí podrán recalcularse las primas, porque la tasa de judicialidad pesa mucho en este cálculo. Dos empresas pueden no pagar lo mismo frente a las mismas condiciones, sólo porque una tiene más alta judicialidad que la otra. No es lo mismo la empresa que hace las cosas bien que la que está llena de juicios”.

Por su parte, Humphreys indicó que “resulta claro que el nivel de judicialidad es altísimo y debe bajar significativamente. Por lo pronto, que pare de subir como lo ha venido haciendo será positivo, pero es muy importante que los trabajadores puedan encontrar una respuesta rápida y valiosa por la vía administrativa sin necesidad de recurrir a procesos judiciales eternos y costosísimos. En este contexto, confiamos en que se irán reduciendo los costos de los seguros contra accidentes laborales, pero sería aventurado pronosticar tiempos o porcentajes. El sistema tiene una cantidad impresionante de juicios abiertos, lo que ha encarecido y complicado todo el funcionamiento”.

Arancibia agregó que “queda por delante aún el compromiso de presentar, en tres meses, una ley de prevención, en la que se está trabajando y que es el objetivo principal del sistema desde sus comienzos”.

En este sentido, Mosquera remarcó que “en principio los trabajadores no deberían tener accidentes. No hay indemnización ni alícuota que pague un siniestro. Este debería ser el esfuerzo central de las ART, pero para eso se necesita el compromiso y la inversión del empleador y que el propio trabajador se cuide. En muchos casos estos accidentes son evitables. Luego puede existir un desencuentro con el trabajador en cuanto a la reparación, pero con algunos, no con 150 mil por año”.

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